lunes, 9 de abril de 2012

El presidente Hugo Chávez ha decretado este sabado un incremento del salario mínimo de un 32,25% y que se llevará a cabo en dos etapas: un 15% se aumentará el 1 de mayo y otro 15% a partir del 1 de septiembre.


El salario mínimo se aplicará de la siguiente manera:
Actual: 1.548,22 Bs.
01/Mayo 2012: 1.780,45 (no incluye ticket alimenticio)
01/Septiembre 2012: 2.047,52 = 15% sobre Bs. 1.780,45% (no incluye ticket alimenticio)

Por lo tnto la diferencia entre Bs. 1.548,22 y Bs. 2.047,52, nos da Bs. 499,30, cifra que viene a representar un incremento del 32,25% en comparación con el salario minimo actual de Bs. 1.548,22.

El primer mandatario nacional estimó que casi 4 millones de trabajadores se beneficiarán con esta medida, incluyendo a pensionados y jubilados.

El gobierno ha calculado que el impacto del salario minino sobre las finanzas públicas se encuentra alrededor de Bs. 20.588 millones.

A continuación, el salario mínimo establecido por el Ejecutivo desde 1999

En Venezuela, el salario mínimo es fijado desde el año 2000, por el Ejecutivo Nacional en ejercicio de las atribuciones que le son conferidas por la Constitución de la República Bolivariana en el artículo 236 en sus numerales 11 y 24, según reseña la Revista Económica de Venezuela. Los montos están expresados todos en bolívares fuertes.
1999
El sueldo mínimo para los empleados privados se ubicó en 120 Bs, lo cual equivale a 4 Bs diarios, según consta en la Resolución Nº 180 del Ministerio del Trabajo.

2000
Se fijó un salario mínimo para trabajadores urbanos del sector público y privado de 144 Bs (4,8 Bs diarios). En vigencia desde el primero de mayo de ese año, representando un incremento del 20% sobre el anterior salario nacional. Gaceta Oficial Nº 36.900, del viernes siete de julio de 2000.

2001
En el año 2001 se estableció un salario mínimo nacional para los trabajadores urbanos públicos y privados de 158,4 Bs, un equivalente a 5,28 Bs. diarios. Gaceta Oficial Nº 37.250.

2002
Este año quedó establecido el salario mínimo nacional a partir del 1º de mayo en 190,08 Bs mensuales. 6,34 Bs. diarios. Gaceta Oficial Nº 5.585 Extraordinario.

2003
Según la Gaceta Oficial Nº 37.681, el salario mínimo quedó establecido en 209,088 Bs a partir del 01 de julio y a partir del 01 de octubre se concretó en 247,104 Bs.

2004
Este año el salario mínimo se ajusto en dos partes. Se estableció un primer salario vigente a partir del 1º de mayo, el cual se ubicó en Bs. 296,52 mensuales. El 1º de agosto de 2004 entró en vigencia el segundo ajuste y el salario mínimo se fijó en Bs. 321,24.

2005
Según se desprende de la Gaceta Oficial Nº 38.174 del 27 de abril de 2005, el salario mínimo se fijó en 405 Bs, mensuales, un equivalente a Bs. 13,5 diarios.

2006
La Gaceta Oficial Nº 38.426 deja constancia del establecimiento de un nuevo salario mínimo el cual se haría efectivo en dos partes. A partir del 1ª de mayo, el salario mínimo nacional mensual ascendería a Bs. 465,75 y desde el 1º de septiembre se ubicaría en Bs. 521,33 hasta el 1º de mayo del año siguiente.

2007
Este año el salario mínimo mensual se estableció en Bs. 614,79 según consta en la Gaceta Oficial Nº 38.674.

2008
Según consta en la Gaceta Oficial Nº 38.921 del 30de abril de 2008, el Ejecutivo fija el salario mínimo en Bs. 799,23.

2009
Se establece un incremento del salario mínimo mensual pagadero en dos partes según Gaceta Oficial Nº 39.151. A partir del 1º de mayo se fija en Bs. 879,15 y a partir del 1º de septiembre se fija en Bs. 959,08.

2010
La Gaceta Oficial Nº 39.372 deja constancia de que a partir del 1º de mayo el salario mínimo nacional asciende a Bs. 1064,25 y a partir del 1º de septiembre se ubica en Bs. 1223,89.

2011
En la Gaceta Oficial Nº 39.660 se hizo efectivo el decreto de aumento de salario mínimo que entrará en vigor a partir del 1º de mayo de 2011 y que se pagará en dos partes. Un 15% a partir del 1º de enero y un 10% a partir del mes de septiembre. A partir de septiembre y hasta el 1º de mayo de 2012, el salario mínimo se ubicará en Bs. 1548,22.


                                    


PROPUESTA PRA LA NUEVA LEY DEL TRABAJO
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triptico trabajadores

jueves, 2 de febrero de 2012

Hasta en 34% reducirán baremos en las clínicas privadas



La regulación del costo de los servicios médicos privados dependerá de la región del país en que esté ubicada la clínica, su infraestructura y equipamiento tecnológico. La evaluación de estos elementos permitirá clasificar al centro de salud para determinar el porcentaje de reducción de sus tarifas. Así lo informó, ayer, Luisa Castillo, vocera de la Alianza Interinstitucional de Salud (AIS) por Cantv.
La evaluación a las clínicas a través de la regionalización es parte del convenio interinstitucional firmado, el pasado viernes, entre la Asociación Venezolana de Clínicas y Hospitales y la Alianza Interinstitucional de Salud (conformada por 15 entes del sector público). El acuerdo beneficiará únicamente a trabajadores de la administración pública.
“No cuesta lo mismo el servicio de salud en un estado u otro. Se hacen evaluaciones de las clínicas tipo I, II, III y IV según su tecnología, complejidad del servicio e infraestructura. Ese estudio debe arrojar un puntaje donde vamos a definir su clasificación y los baremos por regiones”, precisó la vocera.
Aunque la reducción del 34% de los costos fijos de los servicios es el promedio establecido para la regulación de las clínicas, el establecimiento de una tarifa también dependerá de esa evaluación regionalizada. “La factura tiene varios conceptos por costos fijos, honorarios, medicamentos, insumos y materiales médicos. Cada uno de esos rubros tiene un porcentaje dentro de la facturación. Las proyecciones nos da un promedio de 34%”, explicó Castillo sobre los primeros rubros que se regulan.
Sin embargo, destacó que esa regulación del precio dependerá de la clasificación de las clínicas y de la región. “La dinámica económica y social es diferente en cada una de las regiones con respecto a la región capital. Esto se da por fases y la siguiente que se hace paralelamente es la discusión de la regionalización porque, por ejemplo, una casa no cuesta lo mismo en los Andes o en Caracas”.
La siguiente fase es de revisión de las clínicas del interior del país. Se comportan diferente y debemos considerar cada uno de estos elementos para fijar costos. Comenzamos con las 10 clínicas de Caracas”.
Ante este acuerdo, Pedro Del Médico, director ejecutivo de la Asociación Venezolana de Clínicas y Hospitales, comentó sobre el convenio: “En principio hicimos un convenio marco donde ambas partes determinamos sobre el pago que debe realizarse en un período no mayor a 60 días. Estos descuentos tienen un costo financiero que deben cubrir”, se refirió a la AIS.
Sobre la regionalización del baremo, Del Médico indicó que el descuento depende de la magnitud de la institución. “Hará que unas tengan mayor o menor descuento. El punto de la regionalización no se ha discutido (...) debemos discutir las tarifas máximas y cómo serían aplicadas”.
Resaltó que otro de los puntos trascendentes que están por discutirse son los honorarios médicos, pues en una factura del servicio de una clínica, un 35% de ese monto pertenece al honorario médico. “Ese punto no puede quedar sin discusión”, manifestó.
Del Médico recordó que este acuerdo es exclusivo para los fondos de la alianza (empresas afiliadas) y solo será aplicado para los pacientes beneficiados por esos fondos. “No sabemos cómo afecta la reducción de costos a las clínicas pequeñas. Estamos en discusiones”, resaltó.
Sobre la primera fase del acuerdo, Castillo dijo que actualmente se define qué debe incluirse en los servicios de los cuatro rubros en los que se establecerán tarifas: hospitalización, quirófano, emergencia y terapia intensiva. “Se define qué debe estar incluido en ese servicio, por ejemplo, la atención por parte del médico residente, almohadas. En terapia intensiva incluye cama, monitor, cuidados de enfermería, una serie de derechos que no deben cobrarse aparte”, expresó Castillo.
A pocos días de firmarse el convenio que tenía casi siete meses en discusión para llegar al acuerdo, Castillo resaltó que la intención de la reducción de costos es alejarse de la visión mercantilista de la salud. Manifestó: “Varias instituciones del Estado estamos coordinando por un objetivo común como es el derecho a la salud de trabajadores del sector público. Aunque tenemos visiones diferentes nos unimos en beneficio de mejorar la calidad del servicio de salud por uno más justo y solidario”.

domingo, 29 de enero de 2012

AN prevé debatir este año Ley para la Educación Indígena
29-Ene 08:36 am
 
El presidente de la Comisión de Pueblos Indígenas explicó que el proyecto de ley de educación brindará la actualización de la planificación académica ante los nuevos cambios tecnológicos
Hemiciclo de la Asamblea Nacional (AN) | Nelson Castro
La Ley de Educación Intercultural Bilingüe Indígena será una de las dos normativas el área indígena que serán debatidas este año en la Asamblea Nacional, además de la Ley de Coordinación de Jurisdicción Especial Indígena con el Sistema de Justicia.

El presidente de la Comisión de Pueblos Indígenas, diputado José Luis González, explicó que el proyecto de ley de educación garantizará este derecho "a todas las comunidades ancestrales y brindará la actualización de la planificación académica ante los nuevos cambios tecnológicos que existen en el ámbito mundial", dijo, al ser entrevistado en el programa Parlamentando, transmitido por el canal de la Asamblea Nacional y reseñado en el portal web del Parlamento.

En este sentido, el legislador reflexionó acerca de lo verdaderamente revolucionario que resulta el debate de temas indígenas en la AN.

"La presencia de las comunidades nativas se hizo evidente desde que el presidente Hugo Chávez, llega al poder y con ello la creación de la Comisión Permanente de Pueblos Indígenas de la Asamblea Nacional (AN), que representa un espacio de sensibilización y rescate en la lucha de los derechos humanos de los pueblos originarios, subrayó González.